Indecopi

¿Harto de las llamadas spam? Denuncia fácilmente a través de esta plataforma virtual

El Indecopi ha incorporado una nueva opción en su plataforma Reclama Virtual que permitirá a los usuarios presentar reclamos de manera rápida y sencilla contra las llamadas comerciales y publicitarias sin consentimiento, conocidas como llamadas spam. Estas comunicaciones no solicitadas están prohibidas por el Código de Protección y Defensa del Consumidor, que refuerza la prohibición de las llamadas spam y las califica como una infracción muy grave. Con esta nueva funcionalidad en la herramienta Reclama Virtual, el Indecopi no solo facilita la presentación de reclamos, sino que también podrá fortalecer su labor de fiscalización, identificando patrones de conducta infractora y actuando de manera más oportuna frente a los infractores reincidentes. Los pasos para presentar un reclamo en línea contra las llamadas spam son los siguientes: 1. Ingrese ahttps://enlinea.indecopi.gob.pe/reclamavirtual/. 2. Seleccione la opción relacionada con “llamadas de publicidad no autorizadas”. 3. Complete los datos solicitados, incluyendo el número desde el cual recibió la llamada y el nombre de la empresa, así como la fecha y hora de la comunicación. 4. Adjunte cualquier evidencia que tenga (por ejemplo, captura de pantalla del número que llamó, o una grabación de la llamada). 5. Envíe el reclamo. Multas de más de S/ 2 millones por llamadas spam Las empresas que incumplan con la normativa actual pueden ser multadas con hasta 450 UIT, equivalentes a S/ 2 407 500, además de estar sujetas a la imposición de medidas correctivas a favor de los consumidores afectados, según la gravedad infracción y si es una acción reiterada.  La Dirección de Fiscalización del Indecopi continuará analizando aproximadamente 7 millones de audios, con apoyo de la inteligencia Artificial, como parte de una serie de investigaciones a empresas de los sectores bancario, seguros y telecomunicaciones que han incurrido en las llamadas comerciales no deseadas.

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Indecopi sanciona al BCP por afectar a un usuario con operaciones no reconocidas

La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Arequipa confirmó en segunda instancia la sanción de 4 UIT (equivalente a 21,453 soles) impuesta al Banco de Crédito del Perú (BCP), debido a que no brindó un servicio idóneo y permitió la ejecución de seis operaciones no reconocidas en perjuicio de un usuario, quien denunció el hecho. Según la investigación de Indecopi, entre el 28 y 30 de enero de 2024, se efectuó retiros y transferencias por 12,000 soles y 400 dólares, en intervalos cortos, desde la cuenta del denunciante, quien un día antes, cerca de las 19:00 horas, durante una operación en un cajero automático del citado banco, perdió su tarjeta, ya que esta quedó atascada. Ante ello, el personal de vigilancia le indicó que podía regresar después, porque no iba a suceder nada, precisó. En ese sentido, la Comisión del Indecopi determinó que el BCP no consideró el comportamiento habitual del cliente, ni la frecuencia ni el monto de las operaciones; tampoco alertó al usuario ni adoptó medidas de seguridad para evitar dichas transacciones.  Por ello, concluyó que el banco infringió el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que exige a los proveedores brindar un servicio idóneo y de calidad. Cabe señalar que la primera instancia ordenó, como medida correctiva, que el BCP devuelva o extorne al afectado el monto total retirado y transferido de su cuenta; la devolución también incluye los gastos, comisiones u otros cargos que se hubieran aplicado.  Subrayó que esta medida no fue apelada por la entidad bancaria, por lo que no corresponde un pronunciamiento en segunda instancia.

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Indecopi retira medicamento por tener información equivocada en su etiqueta

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha notificado el retiro del mercado peruano de un lote del medicamento Espironolactona 25 mg, debido a un error en su etiquetado que involucra la mención de un fármaco diferente: Clonazepam 0.5 mg. Esta medida ha sido asumida voluntariamente por el laboratorio fabricante AC Farma S.A. tras detectar el problema en una caja del lote 2091774, la cual contiene 100 tabletas. El error en el rotulado ha sido considerado un posible riesgo para la salud de los consumidores, ya que el Clonazepam es un medicamento con efectos sobre el sistema nervioso central y su uso indebido puede generar consecuencias adversas. Ante esta situación, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) ejecutará la supervisión correspondiente para garantizar el retiro completo del lote afectado. El comunicado fue difundido a través del Sistema de Alertas de Consumo del Indecopi, herramienta destinada a informar a la población sobre productos que pueden representar un riesgo imprevisto. En este caso, se identificó una caja con rotulado incorrecto, lo cual podría inducir a errores de administración y uso por parte de los consumidores, generando consecuencias potencialmente graves para la salud. Espironolactona: Medicamento retirado por Indecopi Espironolactona y Clonazepam son medicamentos con usos y efectos farmacológicos distintos. Mientras que el primero se emplea principalmente como diurético en tratamientos para afecciones cardíacas o renales, el segundo pertenece a la clase de las benzodiacepinas y es utilizado para controlar convulsiones y ataques de pánico, entre otras condiciones neurológicas. La confusión entre ambos representa un riesgo significativo. Digemid, entidad adscrita al Ministerio de Salud, ha anunciado que se encuentra en proceso de vigilancia del retiro de todas las unidades del lote afectado. Además, ha habilitado el número telefónico (01) 631-4300, anexo 6217, para que los ciudadanos puedan realizar consultas adicionales sobre el procedimiento y posibles afectaciones. Según el protocolo establecido, se deberá verificar que todas las unidades del lote 2091774 sean retiradas completamente del canal de distribución para evitar su comercialización.

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Indecopi sanciona a Interbank por problemas operativos y no brindar un buen servicio

La Comisión de Protección al Consumidor N°3 del Indecopi, en primera instancia administrativa, ordenó al Banco Internacional del Perú (Interbank) acreditar que los saldos de las cuentas de más de 260,000 usuarios fueron corregidas y restablecidas, tras ser afectadas por consumos duplicados. Esto debido a problemas operativos en sus sistemas, hecho ocurrido el pasado 4 de mayo de 2024. Esta medida fue ordenada toda vez que Interbank fue sancionado por no brindar un servicio idóneo, ya que, de acuerdo al hecho reportado, sus clientes sufrieron una afectación en los saldos disponibles de sus cuentas como consecuencia de problemas operativos en sus sistemas, y por no brindar información oportuna, fácilmente accesible y apropiada a los consumidores respecto a dicho incidente. La multa total impuesta por ambas conductas fue de 44.8 UIT equivalente a 239,680 soles. Al respecto, la Comisión señaló que, ante la falta de un servicio idóneo, el banco defraudó las expectativas de los consumidores de poder conocer y disponer de los saldos de sus cuentas de forma correcta y sin interrupciones prolongadas. Al incumplir con su deber de información, Interbank no otorgó la seguridad y tranquilidad necesarias a los consumidores respecto al incidente ocurrido. La citada resolución, también dispone que Interbank implemente un programa de cumplimiento normativo, específicamente cuando se verifiquen problemas operativos de sus sistemas que puedan afectar los saldos de las cuentas de los usuarios. El referido programa deberá contar con una política y procedimientos; con el involucramiento de los directivos; capacitación del personal, entre otros aspectos.

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