Elecciones 2026

Eran otros tiempos: Estos son los senadores que alguna vez representaron a Piura

El Senado de la República volverá a funcionar en Perú desde el año 2026, pese a que en el referéndum del 2018 la población decidió por mayoría que no fuera así. Con el retorno del Senado, en esta nota recordamos a los senadores que alguna vez representaron a Piura. El Senado volverá a funcionar luego de 34 años, pues fue disuelto en 1992 por el exdictador Alberto Fujimori. El departamento de Piura tuvo senadores representantes que trascendieron. Ellos fueron elegidos directamente o a través de distrito electoral único, es decir, elegidos entre todos los candidatos del país. Pero eran otros tiempos, cuando ser político era un honor y a la política solían llegar los más capacitados. Aquí repasamos algunos nombres. Luciano Castillo Colonna Uno de los nombres más destacados es, sin duda, el de Luciano Castillo Colonna (La Huaca, Paita, 1899), quien fue abogado, escritor y catedrático, así como fundador del Partido Socialista del Perú, del que fue presidente hasta su fallecimiento. Luciano Castillo Colonna postuló a la presidencia en las elecciones de 1962 y en las de 1980. Previamente, ocupó los cargos de diputado y congresista constituyente. Fue elegido senador por el departamento de Piura para el periodo 1950-1956. Castillo Colonna destacó entre varios políticos piuranos, al punto de que hoy una de las Subregiones de la región Piura lleva su nombre. Miguel Cerro Guerrero Otro piurano que nos representó en el Senado de la República fue Miguel Félix Cerro Guerrero (Huancabamba, 1871). Abogado, político, empresario y periodista, Cerro fue fundador y director de la cadena de diarios La Industria del norte peruano. En 1901 fue elegido diputado titular por la provincia de Huancabamba y diputado suplente por la provincia de Trujillo.​ Similar figura se generó en 1913 cuando fue elegido como diputado titular por la provincia de Piura​ y como senador suplente por el departamento de La Libertad. En 1939 volvió a ser elegido senador por el departamento de Piura. Durante el ejercicio de su función parlamentaria, presentó importantes proyectos de ley, entre ellos los relativos al uso del agua. Enrique Coronel-Zegarra El ingeniero Enrique Coronel-Zegarra Castro, (Piura, 1851) fue miembro del Partido Demócrata o pierolista, ministro de Fomento y Obras Públicas (1899-1900), ministro de Gobierno y presidente del Consejo de Ministros (1900). Fue también senador por Piura en varios períodos, entre 1895 y 1919. Como senador por Piura, participó en la construcción de la vía férrea de Piura a Catacaos, así como en la instalación de maquinarias para la irrigación de las principales haciendas de dicha zona. Hoy una institución educativa lleva su nombre. Guillermo Gulman Lapouble Un nombre que suena hasta hoy es el de Guillermo Gulman (Piura, 1900): abogado, docente y periodista. Fue alcalde de Piura entre 1947 y 1951, y senador por Piura de 1956 a 1958 por la agrupación política Unificación Nacional, junto al otro senador elegido en Piura, Enrique Verdeguer López, también exalcalde de la ciudad. Guillermo Gulman llegó a ser segundo vicepresidente de la Cámara de Senadores. Falleció en la víspera de Nochebuena del año 1958, a consecuencia de un accidente de tránsito, mientras ejercía su mandato legislativo. En su memoria, una avenida principal de Piura lleva su nombre, así como una institución educativa en el distrito de Veintiséis de Octubre. Otros senadores por Piura Otros nombres que también han trascendido en la política peruana han sido el del economista José Linares Gallo (Talara, 1943), miembro del Partido Aprista Peruano; y el del docente Eugenio Chang Cruz (Sullana, 1927), dirigente del Partido Aprista y senador en dos ocasiones. Chang Cruz fue, además, uno de los impulsores de la creación de la Universidad Nacional de Piura (UNP). En tanto, el ingeniero civil Gustavo Mohme Llona (Chulucanas, 1930) fue un importante empresario y periodista, fundador del diario La República y senador por Izquierda Unida de 1980 a 1992. Asimismo, el docente Andrés Cardó Franco (Sullana, 1932) fue ministro de Educación en el segundo gobierno de Fernando Belaúnde y senador por el Frente Democrático en el breve periodo 1990-1992. ¿Y ahora quiénes postulan al Senado?

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Alcalde Gabriel Madrid sella su alianza electoral con César Acuña en Piura

A casi un año de las elecciones regionales, el alcalde de Piura, Gabriel Madrid Orué, ya está concentrado en la campaña política, y el último sábado se dejó ver públicamente junto a César Acuña, cabeza del cuestionado partido Alianza Para el Progreso (APP). Madrid ha anunciado que el próximo año va a postular al cargo de gobernador regional de Piura, pese a que actualmente, como autoridad, tiene una baja aprobación de la población. Durante una actividad de APP, Gabriel Madrid asistió junto a funcionarios y regidores de la Municipalidad Provincial de Piura y subió al estrado invitado por César Acuña, su nuevo aliado político. César Acuña, por su parte, aún no decide si volverá a postular a la presidencia del Perú. Además de sus procesos penales, es cuestionado por su ineptitud para gestionar la lucha contra la delincuencia en la región La Libertad, donde es gobernador, y donde se ha ausentado del cargo durante 128 días para temas personales, como viajes de turismo. Asimismo, se le cuestiona su alianza política, a través de su bancada en el Congreso, con el gobierno de Dina Boluarte. APP buscará mantener su cuota de poder político en el 2026 tanto en las elecciones regionales como congresales, un objetivo suyo complicado, debido a los escándalos en los que se han visto implicados varios de sus representantes en el Parlamento. Como reveló Noticias360, el alcalde de Piura, Gabriel Madrid Orué, ya piensa como candidato, y para ello no le ha importado reunirse con sentenciados por corrupción para lograr su propósito electoral. El último miércoles, Gabriel Madrid sostuvo una amistosa reunión con Humberto Acuña, secretario de organización de APP, quien llegó a Piura junto a su hermano Darío. Ambos, tanto Humberto como Darío, han sido sentenciados por actos de corrupción en diferentes casos.

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Elecciones 2026: Partidos tienen hasta el 2 de agosto para alianzas electorales

A casi un mes del cierre del plazo para registrar alianzas electorales ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), los partidos políticos entran en la recta final para definir sus estrategias para las Elecciones Generales 2026. Los partidos políticos tienen hasta el 2 de agosto para formar alianzas electorales si quieren participar en las Elecciones 2026. Durante junio, se registraron acercamientos y anuncios de preacuerdos entre diversas organizaciones políticas. Sin embargo, hasta el viernes 27, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) no había recibido ninguna solicitud formal de inscripción de alianzas electorales. El presidente del JNE, Roberto Burneo, indicó que casi la mitad de los 43 partidos políticos habilitados para participar en las elecciones generales de 2026 han solicitado la actualización de sus estatutos. En varios casos, estos cambios estuvieron orientados a incorporar mecanismos internos para la conformación de alianzas, lo que les permitiría evaluar la posibilidad de postular en coalición. «A nosotros nos gustaría y alentamos a las organizaciones políticas que puedan celebrar alianzas, va a simplificar el número de participantes», indicó Burneo. «Entendemos que van a fortalecer su participación porque han logrado llegar a consenso y va a demostrar también ese desprendimiento a efectos de poder participar en estos procesos electorales. Va a reducir también la cédula de votación […] Y también va a facilitar a los electores a tomar decisiones», agregó.

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Elecciones 2026: ¿Cuántos senadores y diputados tendrá mi región a partir del próximo año?

Vuelve la bicameralidad. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció el número de escaños que tendrá el Congreso de la República a partir de las Elecciones 2026. Este número corresponderá a cada uno de los 27 distritos electorales del país, conformados por los 24 departamentos, Lima Provincias, la Provincia Constitucional del Callao y Peruanos Residentes en el Extranjero. Según la Ley N.º 31988, Ley de Reforma Constitucional que restablece la bicameralidad en el Congreso de la República del Perú, a partir del próximo año el Poder Legislativo estará conformado por 60 senadores y 130 diputados. ¿Cuántos senadores y diputados tendrá mi región? En el caso del Senado, el JNE estableció una primera distribución de 30 escaños para una elección por distrito electoral múltiple. Es decir, se otorga 1 escaño a cada circunscripción, con excepción de Lima Metropolitana, a la que se le asignan directamente 4 escaños. Respecto de los otros 30 escaños del Senado, los representantes serán elegidos en distrito electoral único nacional, es decir, con el voto de todos los electores que forman parte del padrón electoral del país. En cuanto a los escaños de la Cámara de Diputados, se hará una primera distribución de 28 escaños, otorgando 1 escaño a cada circunscripción electoral, con excepción de los Peruanos Residentes en el Extranjero, que tendrán 2 representantes. Los otros 102 escaños de la Cámara de Diputados que se distribuirán de manera proporcional al número de electores hábiles de las otras 26 circunscripciones, tal y como se muestra en la siguiente tabla. Así, a partir de las Elecciones 2026, Lima Metropolitana tendrá 32 diputados, y las regiones con mayor número de representantes en esta Cámara serán Piura y La Libertad, con 7 escaños cada una. Por número de población, les siguen Arequipa y Cajamarca, con 6 escaños cada uno en la Cámara de Diputados. Mientras que las regiones con menos número de representantes (2) son Amazonas, Apurímac, Huancavelica, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Tacna y Tumbes.

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Alcalde de Piura se reúne con sentenciados por corrupción para postular en 2026

El alcalde de Piura, Gabriel Madrid Orué, ya piensa como candidato. Postulará al Gobierno Regional de Piura en las próximas elecciones de 2026 por el partido Alianza Para el Progreso (APP), de César Acuña Peralta. Y no le ha importado reunirse con sentenciados por corrupción para lograr su propósito electoral. El último miércoles, Gabriel Madrid sostuvo una amistosa reunión con Humberto Acuña, secretario de organización de APP, quien llegó a Piura junto a su hermano Darío. Ambos, tanto Humberto como Darío, han sido sentenciados por actos de corrupción en diferentes casos. En el año 2020, Humberto Acuña fue condenado a tres años de pena privativa de la libertad suspendida, al ser considerado cómplice del delito de cohecho activo. Se le imputó haber intentado sobornar a un policía para que elabore su declaración, con preguntas y respuestas arregladas, como parte de una investigación judicial. De esta manera, Acuña Peralta resultaría favorecido, pues la declaración se acomodaría para beneficiarlo en el proceso. Además, solo acudiría a firmarla para evitar que se disponga su conducción compulsiva, siendo él quien daría el dinero del soborno. Esta sentencia fue confirmada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Gabriel Madrid y los Acuña Peralta En 2013 el empresario Darío Acuña Peralta fue sentenciado a cinco años de prisión por el delito de colusión, debido a que en el año 2002 su constructora Keint ejecutó mal tres obras en el distrito de José Leonardo Ortiz, en Chiclayo, pese a que el municipio le pagó por trabajos concluidos. Esta sentencia, sin embargo, fue anulada al año siguiente por el juez Martín Ramírez Sáenz, debido a un hábeas corpus que interpuso Darío Acuña. La Corte Superior de Justicia de Lambayeque calificó esta anulación de la sentencia fue calificada como “prevaricadora» y de «flagrante violación del Código Procesal Constitucional». Más adelante, en 2019, Darío Acuña fue sentenciado a 1 año y 25 días de prisión suspendida por el delito de falsa declaración jurada en proceso administrativo, en agravio del Estado. Esto debido a que buscó participar en procesos de licitación, a través de su empresa Keint Construcciones SRL, afirmando que estaba habilitado, pese a que su hermano Virgilio Acuña ejercía el cargo de congresista. Junto con Humberto y Darío Acuña, el todavía alcalde de Piura, Gabriel Madrid, se reunió también con el candidato de APP a la alcaldía distrital de Sondorillo, Edwin Gálvez, y el aún alcalde del distrito de San Miguel de Faique, Guillermo Morales Sánchez. La campaña está cerca y, al parecer, todo vale para llegar al Gobierno Regional.

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Elecciones 2026: Estas son las personas que podrán votar de forma virtual

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) determinó, a través de la Resolución Jefatural 000069-2025-JN/ONPE, qué electores podrán, voluntaria y progresivamente, utilizar el voto digital en las Elecciones Generales 2026. La Ley 32270 definió que el voto digital es de aplicación obligatoria para los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú que, por razones de servicio, sean desplazados el día de los comicios y se encuentren en un lugar distinto al domicilio registrado en su DNI. Según la nueva norma, en las Elecciones 2026 tendrán la oportunidad de sufragar de forma virtual los siguientes ciudadanos: 

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Estos son los 43 partidos políticos inscritos para participar en las Elecciones 2026

Ya es oficial. Un total de 43 partidos políticos están habilitados para participar en las próximas Elecciones Generales 2026 tras haber logrado obtener inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). El proceso de inscripción, que permitía a las agrupaciones participar en los comicios del año siguiente finalizó el 12 de abril a la medianoche, según informó previamente Roberto Burneo, presidente del JNE. El ente electoral precisó que las inscripciones obedecen a requisitos, procedimientos y plazos establecidos en la Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento del ROP. ¿Qué partidos podrán participar en las Elecciones 2026? A continuación, la lista completa y oficial de los partidos políticos con inscripción vigente y habilitados para las Elecciones 2026: Prohibida la publicidad estatal Es importante recordar que desde el pasado jueves 27 de marzo está prohibido realizar publicidad estatal en todo el país, luego de que se haya oficializado la convocatoria para las Elecciones 2026. Esta restricción, sin embargo, tiene excepciones cuando la publicidad estatal se justifica en casos de impostergable necesidad o utilidad pública referidos a educación, salud, seguridad u otras situaciones similares, tal como lo precisa el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado por Resolución N° 047-2024-JNE.   Los avisos o mensajes exceptuados, en ningún caso pueden contener o hacer alusión a colores, nombres, frases o textos, símbolos, signos o cualquier otro elemento que directa o indirectamente esté relacionado con una organización política.

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JNE denunció ante la fiscalía 159 casos de firmas falsas en inscripción de partidos políticos

El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Roberto Burneo Bermejo, informó que por el caso de firmas falsas y afiliaciones indebidas a organizaciones políticas se ha presentado 159 denuncias ante el Ministerio Público, de las cuales 118 están vinculadas a partidos políticos y 41, a movimientos regionales. Asimismo, indicó que existen 142 denuncias en etapa de calificación, a menos de un año de las Elecciones 2026. Ante la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, Roberto Burneo explicó que, conforme al marco normativo actual, quienes resultan responsables por las afiliaciones indebidas son personas naturales.  En ese sentido, refirió que el personero legal es el primer responsable de las presuntas firmas falsas, tanto en partidos políticos como en movimientos regionales. Es el personero legal el que presenta el paquete de firmas como rúbricas realizadas «con el mismo puño o falsificación extrema». Además, el presidente del JNE informó que las solicitudes para desafiliarse a un partido político por afiliación indebida se han incrementado durante el presente año. Detalló que se contabilizaron 1533 casos solo entre enero y el 5 de mayo, siendo el mes de abril cuando se superaron cifras históricas. El titular del JNE refirió que en los últimos 24 años se presentó un promedio de 287 a 482 solicitudes por año.  Agregó que si por afiliaciones indebidas se reduce el número mínimo de afiliados de un partido político, no se suspende su inscripción en el contexto de un proceso electoral en marcha. 

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Si las elecciones de segunda vuelta fueran mañana, Keiko Fujimori volvería a perder

Al igual que en 2011, 2016 y 2021, la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, volvería a perder en segunda vuelta si mañana fueran las elecciones presidenciales. Así lo revela la última encuesta de Ipsos Perú. En caso Keiko Fujimori tuviera como contrincante en segunda vuelta al actual alcalde de Lima, Rafael López Aliaga (Renovación Popular), obtendría un 27% frente al 33% del actual burgomaestre limeño. López Aliaga ganaría en Lima y en provincias, donde el voto blanco o viciado alcanzaría un 36%. En caso enfrentara al cómico Carlos Álvarez (País Para Todos), Keiko Fujimori también quedaría en segundo lugar, con un 27%. En este caso, Álvarez le sacaría 10 puntos porcentuales de diferencia, ganándole en Lima y en provincias. Finalmente, si rivalizaran en segunda vuelta Carlos Álvarez y Rafael López Aliaga, el triunfo sería para el primero, con 35%, dejando al alcalde limeño con solo un 29%, según la encuesta de Ipsos. Ya convocado el proceso electoral general de 2026, en el que los peruanos elegiremos al nuevo presidente de la República, es imperativo observar las tendencias electorales a menos de un año de la jornada democrática, programada para el 12 de abril, así como el comportamiento público y las hojas de vida de cada uno de los aspirantes.

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Queda prohibida la publicidad estatal tras la convocatoria a las Elecciones 2026

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que desde este jueves 27 de marzo se encuentra efectiva la prohibición de realizar publicidad estatal en todo el país, ante la oficialización de la convocatoria a Elecciones 2026, de acuerdo con la normatividad vigente. El impedimento rige desde el día siguiente en que se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N°039-2025-PCM, ocurrido el pasado miércoles 26, mediante el cual el Poder Ejecutivo convocó a dicho proceso para la elección del Presidente de la República, vicepresidentes, senadores y diputados del Congreso de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.  Esta restricción tiene excepciones cuando la publicidad estatal se justifica en casos de impostergable necesidad o utilidad pública referidos a educación, salud, seguridad u otras situaciones similares, tal como lo precisa el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado por Resolución N° 047-2024-JNE.   Los avisos o mensajes exceptuados, en ningún caso pueden contener o hacer alusión a colores, nombres, frases o textos, símbolos, signos o cualquier otro elemento que directa o indirectamente esté relacionado con una organización política. Elecciones 2026: Autoridades no pueden aparecer en publicidad estatal Además, ningún funcionario o servidor público de una entidad o cualquiera de sus dependencias puede aparecer en la publicidad estatal, a través de su imagen, nombre, voz, cargo o cualquier otro medio que de forma indubitable lo identifique.  En las citadas excepciones, debe cumplirse las exigencias señaladas en el citado reglamento. Así, por ejemplo, se debe solicitar autorización previa, de tratarse de avisos o mensajes publicitarios a ser propalados por radio o televisión.   En tanto, si la difusión se lleva a cabo a través de la prensa escrita, redes sociales u otros medios se deberá presentar un reporte posterior. También se anota que los referidos procedimientos deben entregarse ante la Dirección Central de Gestión Institucional (DCGI) del JNE, mientras no se instalen los Jurados Electorales Especiales (JEE) competentes.   No se encuentran dentro de la definición de publicidad estatal las notas de prensa; las comunicaciones internas e interinstitucionales; y los avisos sobre procedimientos a convocarse en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, la Ley de Promoción de la Inversión Privada en Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos, la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y otras normas afines.

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