Congreso de la República

Juzgado ratifica sentencia de cárcel del excongresista Wilmar Elera y aumenta monto de reparación civil

La Primera Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Piura confirmó la sentencia de seis años de prisión efectiva para el excongresista Wilmar Elera García por el delito de colusión agravada. Además, duplicó el monto de la reparación civil y ahora deberá pagar al Estado más de 200 mil soles. Wilmar Elera se encuentra prófugo de la justicia desde agosto de 2022, cuando fue sentenciado en primera instancia y luego vacado del cargo de congresista de la República. Según la resolución N° 87, los jueces superiores Tulio Eduardo Villacorta Calderón, María Elena Palomino Calle y Gladys Quiroga Sullón, confirmaron la sentencia del 2022 por el delito de colusión agravada contra Wilmar Elera García y el contratista José Luis Cortegana Sánchez, así como la inhabilitación para ejercer cargo público durante el mismo período. Los jueces, además, revocaron la reparación civil impuesta en un millón 100 mil soles y le impusieron la suma de 2’206,346.96 soles que deberán pagar los sentenciados en forma solidaria a favor del Estado. La condena contra el prófugo excongresista de Piura es por el delito contra la administración pública en la modalidad de colusión agravada, en agravio de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, en la provincia de Ayabaca, región Piura. Wilmar Elera participó como supervisor en la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Pacaipampa – Ayabaca”, ejecutada en 2012. El delito de colusión agravada se produjo por irregularidades durante la implementación de la obra valorizada en S/ 3 612,717.68, que terminaron en su paralización y posterior indemnización, la cual fue pagada por la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, a favor del contratista, por más de un millón de soles. Tras su vacancia, su reemplazo en el Congreso fue el accesitario José Bernardo Pazo Nunura, natural de Sechura.

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Fiscalía presenta denuncia constitucional contra 11 congresistas por doble remuneración

La Fiscalía de la Nación, a través del Área de Enriquecimiento y Denuncias Constitucionales, presentó una denuncia constitucional contra los congresistas José Williams, Jorge Montoya, Roberto Chiabra, José Cueto, Alfredo Azurín, Hamlet Echevarría, Américo Gonza, Patricia Juárez, Juan Lizarzaburu, Pedro Martínez y Lucinda Vásquez, por los presuntos autores del delito de negociación incompatible, en agravio del Estado. Los congresistas tuvieron injerencia de forma indebida en la aprobación del dictamen del proyecto de ley 319-2021, el cual permitió que los congresistas José Williams Zapata, Jorge Montoya, Roberto Chiabra, José Cueto y Alfredo AzurÍn accedan a un doble sueldo y pensión de forma simultánea, mientras permanecen en el Congreso. Esto ocurrió luego de que los congresistas fueran integrantes de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, durante el periodo 2021-2022. «Pueden acceder a la percepción de sueldo y pensión de forma simultánea, sin ninguna restricción ni límite del monto total, debido a su doble condición de funcionarios públicos en cargo de elección popular y pensionistas de las Fuerzas Armadas«, detalla el comunicado del Ministerio Público.

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Trabajadores del Congreso reciben nuevo bono de S/ 20 mil gracias a Alejandro Soto

La Unidad de Investigación de Panamericana reveló que los trabajadores del Congreso recibieron un bono de 20 mil soles como parte del convenio colectivo 2024-2025. Este beneficio, firmado por la gestión del entonces presidente del Congreso, Alejandro Soto (APP), incluye además un aumento salarial del 15% y dos bonificaciones adicionales de 200 soles cada una. Patricia Juárez, actual integrante de la Mesa Directiva, afirmó que dicho convenio es un compromiso heredado de la gestión anterior, lo que obliga a su cumplimiento. No obstante, se advierte que este acuerdo podría ser ilegal, ya que la Ley 31188 prohíbe extender estos beneficios al personal de confianza y directivos. Además, existe una falta de sustento sobre el origen de los fondos podría invalidar el convenio. Aunque el documento señala que el beneficio incluye a todo el personal activo del Congreso, desde el sindicato de trabajadores se aclara que solo los miembros sindicalizados se han beneficiado. Sin embargo, la posibilidad de que asesores y personal de confianza algunos vinculados a casos polémicos como el de “mochasueldos”, puedan acceder a estos beneficios ha generado indignación. El hecho ha desatado críticas por darse en un contexto de limitada producción legislativa y una creciente percepción de desconexión del Congreso con las necesidades del país.

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Subcomisión aprueba inhabilitar a Vizcarra y Del Solar por disolución del Congreso en 2019

Con 16 votos a favor, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso aprobó el informe final que recomienda inhabilitar por 10 años de la función pública al expresidente Martín Vizcarra y por 5 años al exprimer ministro Salvador del Solar debido la denuncia constitucional que pesa contra ellos por la disolución del Congreso en 2019. El informe final fue elaborado por el congresista Héctor Ventura (Fuerza Popular), quien fue designado como delegado de este caso por la presidenta de la subcomisión, María Acuña, de Alianza Para el Progreso (APP). La denuncia constitucional había sido presentada por los congresistas de Renovación Popular, Alejandro Muñante y Patricia Chirinos, y un grupo de exparlamentarios fujimoristas que buscaron cobrarse la revancha contra Vizcarra tras la disolución del Congreso. Acuña eligió a Ventura como el ponente que analice esas acusaciones constitucionales, realice audiencias y elabore el informe final para imputarle infracciones constitucionales a Martín Vizcarra y Salvador del Solar. Ventura, en diversas oportunidades, adelantó opinión atacando al expresidente. En septiembre de 2019, Perú vivió una crisis política por el constante enfrentamiento entre los poderes Ejecutivo y Legislativo. El Congreso pretendió elegir irregularmente a los magistrados del Tribunal Constitucional, por lo que el entonces presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, planteó una cuestión de confianza. Ante la denegación fáctica de esta, el gobierno de Martín Vizcarra optó por la disolución constitucional del Congreso de la República, y convocatoria a nuevas elecciones legislativas.

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Licencia por paternidad para trabajadores del sector público y privado será de 15 días

La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó por insistencia el proyecto de ley observada que plantea extender la duración de la licencia por paternidad para trabajadores de los sectores público y privado. El dictamen obtuvo 17 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención. Ahora deberá ser debatido por el Pleno en marzo, una vez que se reanude la legislatura parlamentaria. La iniciativa propone incrementar la licencia por paternidad de 10 a 15 días calendario. En julio de 2024, el Ejecutivo observó esta propuesta. Aunque no se opuso a la extensión del periodo, expresó preocupación por el impacto económico, argumentando que el costo de los cinco días adicionales debería ser asumido por EsSalud. Según el Ejecutivo, esta medida agravaría el déficit que ya enfrenta la institución, tal como se explicó en los motivos de la observación. En la actualidad, los 10 días de licencia por paternidad son financiados por el empleador. Sin embargo, la propuesta del Congreso busca trasladar a EsSalud la responsabilidad de cubrir los costos de los cinco días adicionales, en lugar de que continúe siendo una obligación del empleador. Según Sunafil, el tiempo de licencia por paternidad puede extenderse en casos especiales, como nacimientos prematuros o partos múltiples, otorgándose hasta 20 días consecutivos. Si los hijos nacen con enfermedades congénitas terminales, discapacidades severas, o si la madre enfrenta complicaciones graves debido al parto, el periodo se amplía a 30 días. Para acceder a esta licencia, el trabajador debe informar a Recursos Humanos de su empresa la fecha estimada del nacimiento con al menos 15 días de anticipación.

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Pedro Castillo: Presentan denuncia constitucional en el Congreso por fallido golpe de Estado

El congresista Alejandro Muñante (Renovación Popular) presentó una denuncia constitucional contra el expresidente Pedro Castillo y los exministros Betssy Chávez, Willy Huerta, Roberto Sánchez y Gustavo Bobbio por presuntas infracciones a la Constitución, en el marco del fallido golpe de Estado el 7 de diciembre de 2022. En la denuncia, Muñante solicita que los acusados sean inhabilitados por 10 años para ocupar cargos públicos. Asimismo, el parlamentario señala que, aunque Castillo y Chávez se encuentran actualmente en prisión preventiva con investigaciones en curso, estas acciones no serían suficientes. El documento expresa que el delito de rebelión, junto con el proceso de antejuicio político, no implica automáticamente la inhabilitación de los acusados, lo que abre la posibilidad de que puedan postularse a cargos públicos, situación que se busca evitar con esta denuncia. El Ministerio Público ha pedido una pena privativa de la libertad de 34 años contra Pedro Castillo por el presunto delito de rebelión tras el fallido de golpe de Estado a través de su mensaje a la Nación el pasado 7 de diciembre. En noviembre pasado, el Poder Judicial ordenó el inicio del juicio contra el expresidente Pedro Castillo por el golpe de Estado en diciembre del 2022. El juez Juan Carlos Checkley autorizó que Castillo Terrones afronte esta nueva etapa del proceso judicial en su contra, por el que se pide una pena privativa de la libertad de 34 años por el presunto delito de rebelión.

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Congreso restablece el financiamiento de empresas a los partidos políticos

La Comisión Permanente del Congreso aprobó en segunda votación el dictamen que restituye el financiamiento privado a los partidos políticos y modificó el financiamiento público directo que podrá ser utilizado para pagar a los abogados de dirigentes y representantes de las organizaciones políticas. Los partidos podrán captar mayores recursos de origen privado, como de empresas, para financiar sus campañas electorales y también utilizar con mayor flexibilidad los recursos públicos que reciben para formar y capacitar a sus cuadros y cubrir sus gastos de funcionamiento. El Financiamiento Público Directo (FPD) se entrega a los partidos que cuentan con representación parlamentaria. En 2021, fueron 10 las organizaciones que lograron llegar al Congreso. Estos partidos reciben anualmente más de 15 millones y medio de soles del Estado peruano (es decir de los impuestos) y los utilizan para el pago de sueldos a dirigentes, la contratación de asesores legales y supuestas capacitaciones. La iniciativa que restablece el financiamiento privado y que fue aprobada por la Comisión Permanente fue propuesta por el congresista fujimorista Fernando Rospigliosi. Modifica la legislación actual que contempla que solo personas naturales y personas jurídicas extranjeras sin fines de lucro puedan realizar donaciones a las organizaciones políticas. Esta limitación fue establecida en 2018, luego de conocerse los aportes irregulares a los partidos implicados en el Caso Lava Jato. Antes, las empresas podían aportar a las campañas electorales en el Perú sin ninguna limitación. El dictamen aprobado en segunda votación en el Congreso con 14 votos a favor, 8 en contra y 2 abstenciones. La propuesta modifica los artículos 29, 30 y 31 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, aprobada en el año 2003.

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Dina Boluarte lleva 21 días sin promulgar la ley que restablece la detención preliminar

Han pasado 21 días desde que el Congreso envió al Poder Ejecutivo la autógrafa que rectifica y restablece la detención preliminar en casos de no flagrancia, modificando la cuestionada Ley 32181. Sin embargo, la presidenta Dina Boluarte sigue sin promulgar ni observar la norma, pese al golpe que representa esta situación para la lucha contra la criminalidad organizada y la corrupción. Ante la demora, el 6 de enero, la bancada de Renovación Popular emitió un comunicado reiterando su solicitud para que promulgue con “urgencia” la mencionada norma. Además, enviaron un oficio a la mandataria. El jueves 2 de enero, tras la primera sesión del Consejo de Ministros del 2025, el titular del gabinete ministerial, Gustavo Adrianzén, reiteró que se encuentran dentro del plazo (que termina el martes 14 de enero) y afirmó entre “hoy y mañana” tendrán los informes que faltaban para decidir si promulgan u observan autógrafa. Formalmente, el gobierno tiene 15 días hábiles para evaluar si promulga o devuelve al Congreso con observaciones las leyes que apruebe el Parlamento. En el caso de la norma que restablece la detención preliminar ese plazo concluye todavía el 14 de enero. Pero no se trata de un tema nuevo, desconocido o complejo, ya que la propia mandataria fue quien firmó el dispositivo que ahora se busca derogar. Además, el Congreso se encuentra en receso hasta marzo y no sesiona el pleno, solo la Comisión Permanente. Ley 32181 impedía la detención preliminar El 11 de diciembre, la propia mandataria promulgó la Ley 32181, aprobada por el Congreso que en la práctica beneficia a los criminales dado que la Fiscalía ya no puede solicitar la detención preliminar, por ejemplo, de funcionarios, políticos o delincuentes de alta peligrosidad salvo que sea en flagrancia. De inmediato distintos sectores protestaron porque se abría las puertas a la delincuencia. Por ejemplo, el 12 de diciembre, el Ministerio Público emitió un comunicado en el que advertía de las nefastas consecuencias de este cambio y pidió al Congreso que de marcha atrás. La Fiscalía alertó que 10 investigados por integrar la presunta organización criminal ‘Las Hienas Verdes’ fueron liberados por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura. Se trataba de investigados por extorsión, homicidio calificado, encubrimiento, tenencia ilegal de armas de fuego. Tras al ola de críticas, el Parlamento retrocedió y la madrugada del sábado 15 de diciembre, al cierre de la legislatura, eliminó ese artículo para que se permita la detención preliminar. No obstante, este cambio solo estará vigente cuando la norma sea publicada en el Diario Oficial El Peruano.

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