Congreso de la República

Congreso blinda a Dina Boluarte y archiva denuncia fiscal por caso ‘Rolex’

La Comisión Permanente del Congreso archivó definitivamente la denuncia constitucional que presentó la Fiscalía de la Nación contra la presidenta Dina Boluarte por el uso de relojes Rolex de lujo no declarados con una votación de 14 votos a favor, 8 en contra y 1 abstención. Con 14 votos a favor, ocho en contra y una abstención, el Congreso blindó nuevamente a la presidenta y cerró el paso a una investigación penal por el presunto delito de cohecho pasivo impropio. Mientras tanto, acusó al expresidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) Jorge Luis Salas Arenas en represalia por el inexistente ‘fraude electoral’ del año 2021. La denuncia por el caso ‘Rolex’ fue presentada luego de que la Fiscalía de la Nación detectara que Boluarte había recibido relojes de alta gama, un par de aretes de oro y una pulsera del gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima. El informe final, elaborado y sustentado por la congresista Nilza Chacón de Fuerza Popular, se basó en el artículo 117 de la Constitución, que impide investigar a un presidente en funciones por este tipo de delitos. Durante el debate, Chacón afirmó que “los hechos imputados no están previstos en el artículo 117” y que el informe se elaboró respetando la legalidad. La votación se dio en medio de cuestionamientos sobre un presunto cogobierno entre Dina Boluarte y las bancadas mayoritarias, como Fuerza Popular y Alianza para el Progreso (APP). Cabe señalar que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, que evaluó el caso, es presidida por María Acuña, congresista de APP y hermana de César Acuña. El único legislador que se abstuvo fue Jorge Coayla, de la bancada Juntos por el Perú – Voces del Pueblo. El caso tuvo su origen en una investigación periodística que identificó que Dina Boluarte usaba relojes Rolex en eventos oficiales. Inicialmente, la presidenta sostuvo que se trataba de una joya familiar, pero luego admitió que le fueron prestados por Oscorima. La polémica escaló cuando, el 31 de marzo de 2024, se realizó un allanamiento en su vivienda y Palacio de Gobierno, encabezado por el entonces jefe de la Diviac, Harvey Colchado, quien poco después fue pasado al retiro.

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Escolares ya no podrán usar celulares en los colegios, según nueva ley del Congreso

El Pleno del Congreso aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 5532/2022-CR, que plantea regular el uso de teléfonos celulares en todas los colegios de educación básica. El dictamen fue exonerado de segunda votación. Según el texto aprobado, la finalidad es la contribuir en la mejora de la atención y del rendimiento escolar, mediante la reducción del uso de teléfonos celulares, y, con ello, reducir la sobreexposición al internet. La regulación del uso de celulares se aplicará para todas las instituciones y programas educativos de la Educación Básica de nivel de educación primaria y secundaria, tanto en instituciones públicas como en instituciones privadas, de acuerdo con el dictamen aprobado. Los colegios de Educación Básica de primaria y secundaria de régimen público y privado restringen el uso de celulares inteligentes, o cualquier otro dispositivo electrónico similar, durante los procesos de enseñanza y aprendizaje en las aulas. La propuesta fue sustentada por el legislador Segundo Montalvo Cubas (PL), presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, quien señaló que, de aprobarse, habría menos posibilidades de distracción durante el dictado de clases, lo cual permitirá tener una mejora en el proceso de aprendizaje y posibilidades de mejorar el rendimiento escolar. En su intervención, la congresista Milagros Aguayo (PL), autora del proyecto, precisó que su iniciativa reducirá los casos de trastornos mentales productos del uso excesivo de celulares y equipos similares, reduciendo las horas de atención y tratamiento. “Los niños estudiarán en un ambiente más adecuado para el proceso de aprendizaje. Se evitará que sus hijos puedan ser objeto de ciberbullying durante su permanencia en la institución educativa”, dijo.

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Fallece la exministra y excongresista Gloria Montenegro a los 69 años

La exministra de la Mujer y excongresista Gloria Montenegro Figueroa falleció a los 69 años. El Congreso de la República confirmó la noticia y expresó sus condolencias a sus familiares. Montenegro fue alcaldesa de la provincia de Trujillo y congresista en representación de la región La Libertad en el periodo 2016–2021, ambos por elección en las filas del partido Alianza para el Progreso (APP), de César Acuña. Como parte de su labor parlamentaria, desempeñó los cargos de presidenta de la Comisión de Inclusión Social, vicepresidenta de la Comisión de Descentralización e integrante de la Comisión Permanente. En marzo de 2019, fue designada como ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, durante el gobierno del entonces presidente Martín Vizcarra. Tras apartarse de APP, se unió al Partido Morado y luego al partido Lo Justo, junto a la exparlamentaria Marisol Pérez Tello y la congresista Flor Pablo. Este partido, sin embargo, no consiguió su inscripción ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Gloria Montenegro era contadora pública, magister en Administración, y doctora en Educación. Contaba además con especialización en políticas públicas y prevención de conflictos sociales. De igual modo, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables expresó sus condolencias ante la exministra de dicho sector.

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Congreso aprueba ley contra las llamadas spam: Esto dice la nueva norma

El Congreso aprobó por insistencia una ley que prohíbe las llamadas spam, una situación que afecta a miles de usuarios en el Perú, quienes diariamente reciben muchas llamadas para ofrecerles productos o servicios. Tan grave es la situación, que la nueva medida viene solo semanas luego de que el gobierno aprobara el nuevo Reglamento de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales (LPDP) que añadía medidas para proteger a los usuarios ante este “acoso comercial”. Ahora la nueva norma no solo prohíbe las llamadas spam, (que entra en vigencia desde el sábado 10 de mayo) sino también los mensajes de texto e inclusive mensajes electrónicos masivos (teóricamente, correos electrónicos). Asimismo, se implementará un código para identificarlas, que debería estar listo en máximo 60 días (es decir, el 8 de julio de 2025). El único artículo de la nueva norma modifica el párrafo 58.1 —literal e)— y se incorpora el párrafo 58.3 al artículo 58 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, del siguiente modo. Así, se ha prohibido todas las prácticas comerciales que empleen los siguientes sistemas para promover productos y servicios: Asimismo, se prohíbe “prestar el servicio de telemercadeo a consumidor alguno”. Pero la única excepción del envío de comunicación comercial o publicitaria, es que aquel consumidor hay manifestado su autorización para esto: “que, por iniciativa propia, se contacte directamente con el proveedor y manifieste su consentimiento libre, previo, informado, expreso e inequívoco de ser contactado a través de un número telefónico, dirección electrónica o cualquier otro medio análogo de comunicación”. Sin embargo, “este consentimiento puede ser revocado, con efecto inmediato y sin expresión de causa, en cualquier momento y conforme a la normativa que rige la protección de datos personales”. Así, se avisa que la vulneración a esta prohibición o a su revocatoria es considerada infracción muy grave. Llamadas spam tendrán código numérico La nueva norma ordena al Ejecutivo establecer normativa adicional para que las llamadas spam estén identificadas. Es decir, que tengan un código para que el usuario pueda identificar que la llamada es una con intenciones comerciales. “El Poder Ejecutivo establecerá la normativa adicional que otorgue la numeración telefónica especial a los proveedores, los métodos de seguridad y las técnicas de validación para que los usuarios puedan identificar las llamadas (spam) que reciben, así como los mecanismos de validación de la información trasmitida, en un plazo de sesenta días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley», se lee en la medida complementaria. Así, aun en dos meses se aplicaría estas medidas para que se puedan identificar estas llamadas.

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Fiscalía presenta nueva denuncia constitucional contra Pedro Castillo por cohecho

La Fiscalía de la Nación, a través del Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, presentó una denuncia constitucional ante el Congreso de la República contra el expresidente Pedro Castillo Terrones (2021-2022), como presunto autor del delito de cohecho pasivo impropio en agravio del Estado. El anuncio se hizo a través de un comunicado público. La denuncia constitucional también alcanza a Geiner Alvarado, en su calidad de ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como presunto autor del delito de cohecho pasivo propio; y Félix Chero, en su actuación de ministro de Justicia y Derechos Humanos, como presunto autor del delito de cohecho pasivo propio. Los hechos están referidos a la solicitud de dinero que habría efectuado Pedro Castillo a Geiner Alvarado, a cambio de mantenerlo en el cargo de ministro de Vivienda. En tanto, que Geiner Alvarado habría solicitado dinero a Sada Goray Chong, representante de la empresa Markagroup, por intermedio de Salatiel Marrufo Alcántara, a cambio del reemplazo del presidente y miembros del directorio del Fondo Mivivienda.  Además, Sada Goray se beneficiaría con 376 millones de soles que el Ministerio de Economía y Finanzas habría asignado al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para financiar programas del referido fondo. En cuanto a Félix Chero, habría solicitado dinero a Geiner Alvarado a cambio del reemplazo del superintendente nacional de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, requerido por este último al expresidente Pedro Castillo.

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Desestiman inhabilitación de Martín Vizcarra por cierre del Congreso en 2019

El Pleno del Congreso no alcanzó los 66 votos necesarios y desestimó la Resolución Legislativa 10977/2024-CR, que planteaba la inhabilitación por diez años para el ejercicio de la función pública del expresidente Martín Vizcarra Cornejo, por supuestamente haber infringido el artículo 134 de la Constitución Política, tras haber cerrado el Congreso de la República el 30 de setiembre del 2019. La propuesta solo obtuvo 61 votos a favor, 12 votos en contra y 8 abstenciones.  Seguidamente, también se desestimó la Resolución Legislativa 10975/2024-CR que propone inhabilitar por cinco años para el ejercicio de la función pública al expresidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos Salinas, por infracción al artículo 134 de la Constitución Política del Perú. Obtuvo 64 votos a favor, 12 votos en contra y 5 abstenciones.  Por otro lado, mediante una cuestión de orden planteada por Roberto Sánchez Palomino (JP-VP), se declaró la caducidad en el extremo referido al exministro Salvador del Solar, debido a que el artículo 99 de la Constitución establece que solo se le puede acusar “por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas”.  La titular de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales y miembro de la Comisión Acusadora, María Acuña Peralta (APP), fue quien sustentó el informe final correspondientes a las Denuncias Constitucionales 384, 400 y 466, acumuladas.  En dicho informe final, se concluye que Martín Vizcarra Cornejo, en su condición de exjefe de Estado, es acreedor de esta inhabilitación “por su conducta, comportamiento y hechos objetos de la denuncia por presunta infracción al artículo 134 de la Constitución Política por el cierre del Congreso de la República”. Martín Vizcarra se hizo presente en el Congreso y sostuvo que lo hizo “para enfrentar un nueva persecución política”.  Desde que asumió el liderazgo del país, continuó, “he sido objeto de ataques sistemáticos: me vacaron ilegalmente, me inhabilitaron arbitrariamente, me acusaron sin pruebas, me difamaron sin descanso. La razón: porque no me sometí, porque defendí al pueblo frente a los intereses que han secuestrado parte de nuestras instituciones”.  Del Solar Labarthe, a su turno, dijo que su presencia se debía a “un juicio político que nunca debió iniciarse, por una sencilla razón, y es que este asunto tuvo ya un proceso, y tuvo ya una sentencia que zanjó el tema”.

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Congreso rechaza inhabilitar a Francisco Sagasti por pase al retiro de generales PNP

El pleno del Congreso desestimó el Proyecto de Resolución Legislativa 10969/2024-CR, que planteaba la inhabilitación del expresidente Francisco Sagasti por 10 años para el ejercicio de la función pública, por supuesta infracción de los artículos 45, 139 (inciso 3) y 172 de la Constitución. La propuesta obtuvo 61 votos a favor, 12 en contra y 3 abstenciones. Al exmandatario Francisco Sagasti se le acusaba de haber resuelto arbitraria e ilegalmente el pase al retiro de tenientes generales y oficiales generales de la Policía Nacional del Perú. El informe final fue sustentado por la presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, María Acuña (APP). Por su parte, el parlamentario Jorge Montoya, delegado y miembro de la subcomisión acusadora, expuso endebles argumentos. En la sesión, el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, sostuvo que los denunciados no justificaron su ausencia en la sesión del pleno, por lo que la Mesa Directiva calificó ello como una inasistencia injustificada, de acuerdo al artículo 89, literal K, del Reglamento del Parlamento. Por otro lado, con 60 votos a favor, 9 en contra y 11 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó el Proyecto de Resolución Legislativa del Congreso 10972/2024-CR, que declara haber lugar a la formación de causa penal contra el expresidente Francisco Sagasti Hochhausler, por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad, tipificado en el artículo 376 del Código Penal.

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«Hija política» de César Acuña gana S/ 19 mil en oficina recién creada en el Congreso

Yessenia Lozano Millones (36), una afiliada del partido político Alianza Para el Progreso (APP), es conocida como la «hija política» de César Acuña Peralta. Es también la jefa de Centro de Modalidades Formativas del Poder Legislativo y gana un sueldo de S/ 19 mil, según reveló un reportaje de Cuarto Poder. Lozano obtuvo el grado de abogada en el 2013 y la colegiatura en el Colegio Profesional de Abogados en el 2016. Cuenta con estudios de maestría en Administración y Gestión Pública en el Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN). Asimismo, cuenta con más de 11 años de experiencia profesional en la administración pública en los tres niveles de gobierno, especialmente, en temas parlamentarios. Pero aunque cuenta con la experiencia requerida para el puesto, que según su estatuto requiere acreditar cinco años de experiencia profesional, haber laborado en el Congreso, entre otros requisitos, se trata de una persona que mantiene un vínculo cercano con César Acuña, al punto de ser considerada su «hija política». Lozano evitó dar declaraciones y dijo que la oficina que lidera no está vinculada al fundador de Alianza Para el Progreso. Sin embargo, su afirmación contrasta con un cuadro de gran tamaño ubicado en la parte central del lugar y que luce una fotografía de César Acuña. Dicho cuadro fue posteriormente retirado del lugar por una disposición de la Oficialía Mayor del Congreso, la cual ordenó que ninguna oficina de servicios parlamentarios cuente con imágenes o referencias a partidos políticos. Justamente esta medida se dio a conocer en un comunicado del Parlamento en el que se pronuncia sobre el referido reportaje.

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Congreso no autoriza viaje de Dina Boluarte al Vaticano para exequias del papa Francisco

El Pleno del Congreso, con 40 votos a favor y 45 en contra, no aprobó el pedido de la presidenta Dina Boluarte para viajar a Roma para participar en las exequias del papa Francisco, quien falleció el último lunes. De esta manera la mandataria se quedará en Lima, pero podrá enviar a una comitiva en representación suya. Ver la entrada Dina Boluarte había solicitado anoche la autorización al Parlamento para ausentarse del país del 24 al 28 de abril, a fin de que pueda asistir al funeral del Santo Padre en la ciudad del Vaticano. En el documento presentado ante el Congreso, la Cancillería consideró “de suma importancia” que la presidenta participe de la ceremonia en honor al papa Francisco y recordaron la relación del fallecido pontífice con Perú cuando visitó nuestro país en enero del 2018.  En la sesión extraordinaria del Parlamento solo habían seis congresistas presentes, porque el resto de legisladores se encuentran en semana de representación y participaron de manera remota. La semana pasada, la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso aprobó, por mayoría, un informe preliminar que concluye que la presidenta de la república habría incurrido en abandono de funciones debido a una intervención quirúrgica en el año 2023. El documento también recomienda evaluar su suspensión temporal del cargo.

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Congreso aprueba informe que recomienda suspender Dina Boluarte por cirugías

La Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso aprobó, por mayoría, un informe preliminar que concluye que la presidenta de la república, Dina Boluarte, habría incurrido en abandono de funciones debido a una intervención quirúrgica en el año 2023. El documento también recomienda evaluar su suspensión temporal del cargo. De acuerdo con el informe, Dina Boluarte habría estado inhabilitada para ejercer sus funciones hasta por 12 días, como resultado del procedimiento quirúrgico al que se habría sometido. Esta inactividad habría afectado la continuidad del mando y la toma de decisiones en el Ejecutivo, lo que podría constituir una afectación directa al normal desempeño de la más alta magistratura del país. “El reporte operatorio constituye una parte sustancial de toda historia clínica. Es un documento clave, ya que detalla con precisión los procedimientos realizados, el equipo médico interviniente, la fecha y las condiciones clínicas de la paciente”, indicó Juan Burgos, presidente de la Comisión de Fiscalización. El informe aprobado en comisión plantea que la presidenta habría incurrido en una presunta incapacidad moral permanente, contemplada en el artículo 113, inciso 2, de la Constitución Política. Esto se basaría en una conducta reiterada de faltas a la verdad, presunto encubrimiento, uso desproporcionado de la fuerza y posibles actos de corrupción. También se menciona una presunta infracción constitucional, ya que la presidenta habría permanecido internada, además de haber gozado de 12 días de descanso médico, sin comunicarlo oficialmente al Congreso, incumpliendo así sus deberes constitucionales. Además, se menciona que, de acuerdo con la revisión de la agenda oficial de la Presidencia de la República, no se registra actividades oficiales entre el 29 de junio y el 9 de julio de 2023. El retorno oficial de la presidenta a sus funciones recién se registró el 10 de julio.

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