El pleno del Tribunal Constitucional (TC) falló a favor del gobierno de Dina Boluarte y estableció, por mayoría, que el Ministerio Público no puede investigar penalmente a un presidente de la república en funciones.
Con esta decisión, los magistrados del TC cerraron la puerta a los procesos que la mandataria enfrenta en sede fiscal por delitos cometidos durante su gestión, incluido el de las muertes registradas en las protestas sociales.
La sentencia del TC interpreta que el artículo 117 de la Constitución limita cualquier acción penal contra el presidente exclusivamente al Congreso de la República. Esta interpretación otorga inmunidad política y penal a Boluarte, blindándola de las investigaciones fiscales en curso y sentando un precedente que podría beneficiar a futuros jefes de Estado en situaciones similares.
El fallo representa un duro golpe a los esfuerzos del Ministerio Público por esclarecer los presuntos crímenes cometidos durante las protestas sociales de 2022 y 2023, así como a las investigaciones por enriquecimiento ilícito vinculadas al caso ‘Rolex’, y por abandono de funciones señaladas en el caso ‘Cirugías’.
La demanda competencial fue presentada por el gobierno en 2024 tras el inicio de varias investigaciones contra Boluarte. El proceso ante el TC fue respaldado por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, quien señaló que la Fiscalía vulneraba el orden constitucional al investigarla sin autorización del Parlamento.
La resolución cuenta con las firmas de la presidenta del TC, Luz Pacheco, y los magistrados Domínguez Haro, Morales Saravia, Ochoa Cardich y Hernández Chávez. Por su parte, Monteagudo Valdez y Gutiérrez Ticse votaron en contra.
Suspenden investigaciones contra Dina Boluarte hasta concluir su ejercicio del cargo presidencial:
— 😷 Política Total (@POLITICATOTALpe) August 19, 2025
♦️TC declaró fundada demanda competencial del Poder Ejecutivo contra Ministerio Público y Poder Judicial
♦️Sentencia estableció 9 pautas para "actos preliminares de investigación" pic.twitter.com/HmeAEqeEqv