La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi sancionó a Mapfre Perú con una multa de 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 267 500, tras comprobar que la aseguradora discriminó a personas mayores de 85 años al excluirlas de la contratación de cinco seguros de viaje.
Según la Resolución 2256-2025/SPC-Indecopi, la exclusión aplicada carecía de sustento técnico objetivo y razonable, pues se basaba únicamente en la edad de los solicitantes, lo que vulnera el derecho de los consumidores a no ser discriminados. La denuncia fue presentada por la Coordinadora Peruana de Defensa de los Derechos del Consumidor.
“El Colegiado determinó que la aseguradora aplicó una restricción generalizada basada únicamente en la edad de los contratantes, vulnerando el derecho de los consumidores a no ser discriminados”, se lee en el comunicado.
Durante el procedimiento, Mapfre no pudo demostrar que la restricción estuviera respaldada por una evaluación técnica individualizada, proporcional y necesaria. En consecuencia, el órgano resolutivo dispuso, además de la sanción económica, una medida correctiva: la elaboración de un nuevo seguro de viaje que incluya expresamente a personas mayores de 85 años.
La aseguradora deberá presentar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) la documentación correspondiente para la comercialización de este producto y, mientras tanto, reportar trimestralmente los avances a la Comisión de Protección del Consumidor N°1 del Indecopi hasta que el seguro esté disponible en el mercado.
Con esta decisión, el Indecopi busca garantizar que los consumidores, sin importar su edad, puedan acceder en igualdad de condiciones a productos y servicios financieros.
